El nuevo ISEE llegará pronto: el Decreto de crecimiento ha introducido nuevas reglas que esencialmente alargan la validez del índice que mide la riqueza de los hogares y facilitan el acceso.

El indicador de situación económica equivalente tendrá en efecto un período de validez y referencia diferente , en cuanto a ingresos y activos a tener en cuenta. Además, a partir de 2020 será posible aprovechar el ISEE precargado , mientras que los requisitos para solicitar el ISEE actual se vuelven menos estrictos.

Además, además del diferente período de vigencia, la declaración ISEE, o la Dsu -la declaración sustitutiva útil para solicitar casi todas las instalaciones y servicios asistenciales (renta de ciudadanía por ejemplo) - puede actualizarse en el caso de que son cambios significativos en los ingresos del hogar, incluida la pérdida de un beneficio.

Las reglas sobre la composición de la unidad familiar también cambian : como consecuencia de los cambios introducidos por el Decreto Legislativo 4/2021 , de hecho, los cónyuges separados o divorciados serán considerados parte de la misma unidad familiar si continúan residiendo en la misma familia. hogar , incluso si resultan en dos estados familiares distintos.

Qué cambia, el ISEE precompilado

Dado que en la declaración del Isee siempre deben indicarse datos como el auto en propiedad o la cuenta corriente, la casa o la tarjeta prepago al cartilla postal o cualquier condición de discapacidad y se deben reportar los ingresos y bienes en propiedad correspondientes a cada miembro de la unidad familiar (no solo al declarante), se precargará el nuevo ISEE , por lo que estará lista la información derivada de las bases de datos del INPS y Revenue, tales como:

  • información personal;
  • datos relativos a los ingresos devengados: la información se obtendrá de los bancos de la Agencia Tributaria y del INPS y también indicará todos los servicios que presta el INPS, como Naspi y otras prestaciones por desempleo, prestaciones exentas de impuestos ( acompañamiento, renta de inclusión, renta y pensión de ciudadanía);
  • datos relativos a los sueldos existentes: será posible conocer en tiempo real la cantidad de sueldo que normalmente percibe el trabajador gracias a Co Unilav, la comunicación obligatoria enviada por el empleador, en la que se debe indicar el sueldo anual del nuevo empleado;
  • datos relacionados con propiedades propias;
  • datos relacionados con los activos muebles y financieros mantenidos, como valores, cuentas corrientes, libretas de ahorros, tarjetas.

Se puede ser presentada por todos aquellos que necesitan un subsidio , por ejemplo, para el pago de los derechos de los comedores escolares o universitarios, y por aquellos que necesitan algunos servicios de asistencia, tales como el bono bebé.

Según las nuevas disposiciones del Decreto de crecimiento, todas las declaraciones ISEE presentadas en 2021 serán válidas hasta el 31 de diciembre de 2021 . Mientras que, para el ESD presentado a partir del 1 de enero de 2020, la vigencia comenzará a partir de la fecha de envío de la declaración y finalizará el 31 de diciembre del mismo año.

Isee actual

El Decreto de crecimiento también prevé nuevas disposiciones sobre el ISEE actual , o sobre la posibilidad de actualizar el DSU actual para adaptarlo a las condiciones existentes. En concreto, será posible solicitar el ISEE vigente si al menos un miembro de la familia se encuentra en alguna de las siguientes situaciones:

  • su relación laboral permanente ha cesado, incluso en los últimos 2 meses;
  • su empleo permanente ha sido suspendido, incluso en los últimos 2 meses;
  • si su jornada laboral se ha reducido, si es un empleado fijo, incluso en los últimos 2 meses;
  • su empleo temporal o flexible ha cesado, siempre que pueda demostrar que ha estado empleado durante al menos 120 días en los 12 meses anteriores al final de la última relación laboral;
  • su trabajo por cuenta propia se da por terminado si se lleva a cabo de forma ininterrumpida durante un mínimo de 12 meses.

Con los nuevos cambios normativos, es posible presentar el ISEE vigente incluso en el caso de que se interrumpa algún tratamiento asistencial, previsional e indemnizatorio y en el caso de que la familia sufra una brecha de ingresos del 25%.

Germana Carrillo

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